
Asesoría
¿Estoy ante un gasto o un activo?
Siguiendo con nuestros tips para la determinación del Impuesto a la Renta, nos toca ver otra regla general: determinar si las adquisiciones califican como un gasto o pérdida, en cuyo caso podrán deducirse en el ejercicio en que se devenguen; o, como un activo (existencias, activo fijo, intangible o gasto preoperativo), en cuyo caso se deducirán cuando se vendan o, vía depreciación o amortización si se trata de un activo fijo o intangible, respectivamente.