
En época de fiestas de fin de año, que terminaron recién, mientras que para algunos eso significa celebración, para los contribuyentes formales significa estar en revisión de la Sunat. La fiscalización se debe cerrar antes de la quincena de diciembre

Hace varios años cuando trabajaba en Sunat , un consultor planteó una idea muy simple: "Si vas a obligar a pagar a la gente, sin darles nada a cambio, por lo menos hazlo claro y fácil". Y es que los impuestos, al menos en Perú, son pagos a cambio de nada.

Las autoridades tributarias en el Perú proclaman la necesidad de aumentar la recaudación, pero en los últimos 20 años el claro fracaso de las estrategias y acciones de la Sunat ha llevado a que la informalidad y la ilegalidad, hayan tomado por lo menos el 50% de la economía. Aún así, nadie quiere hablar del elefante en la habitación, y se concentran en controlar a los formales.

Hace 15 o 20 años, la Sunat se ganó el prestigio de ser la institución pública más eficiente, técnica, tecnológica, equilibrada. Pensar en corrupción en SUNAT era difícil; seguramente había, pero era algo tan excepcional, que ni era obvio ni afectaba sustancialmente el progreso del país.

En los tiempos actuales veo una variable adicional muy preocupante: la falta de conocimiento de quienes resuelven (los resolutores) en materia tributaria. Hoy quiero llamar su atención obre una posición equivocada que se ha afianzado en el Poder Judicial sobre la deducción de penalidades contractuales, indemnizaciones por daños y perjuicios, intereses y costas procesales, por generarse en una conducta "imputable" al contribuyente.

Ser un empresario formal, en materia tributaria, se ha convertido en un negocio poco predecible, en particular en lo relacionado con la sustentación de la deducción de gastos o costos. Hablando específicamente de la fehaciencia de las operaciones, es decir, si el gastos es real o no, según el Tribunal Fiscal desde hace más de 15 años, el contribuyente es el obligado a demostrar que sus compras son reales, y créanme, es complicado.

En las últimas semanas, cientos de empresas han recibido una esquela de citación de la Sunat cuestionando la deducción de intereses de empresas, por la aplicación de la "regla del 3 a 1" entre endeudamiento y patrimonio.

Un error típico de los contribuyentes es pensar que si la ley no ha cambiado, no es necesario cambiar la forma de hacer una declaración de impuestos ante la administración tributaria. Sin embargo, hay dos grandes variables que siempre se deben tomar en cuenta en la DJ anual del IR.

En la última semana de diciembre del 2024, miles de personas naturales recibieron en su buzón (el que Sunat les creó en la clave SOL) cartas inductias relacionadas con las rentas de fuente extranjera.

Hay un impacto negativo como consecuencia de "las interpretaciones poco técnicas" por parte de Sunat sobre algunas normativas presentadas en materia tributaria. Enfatiza cómo estas interpretaciones pueden generar efectos adversos y confusión entre los contribuyentes.

Se ha desatado una avalancha de dudas que no están dejando dormir a muchos empresarios y algunos abogados se han ido al otro extremo contrario diciéndoles “no te preocupes, no pasa nada”.

Este nuevo régimen podría ser una gran herramienta, en tanto se cumplan se prorrogue al 2025 y la Sunat le dé difusión.

“Lo absurdo de esta conclusión hubiera sido suficiente para que la Sunat como institución filtre la emisión de este informe”

“Uno de los roles en que Sunat fracasa constantemente es en dar claridad a las obligaciones tributarias”

“Uno de los temas que más distorsiones puede generar en los costos de muchos negocios es la percepción del IGV por servicios, pagado con tarjeta de persona natural”

Si la Sunat llegara a la conclusión de que la remuneración del trabajador no es fehaciente, se desconocería la deducción de todos los pagos y gastos relacionados con dicho trabajador

La administración tributaria detectó posibles inconsistencias en las declaraciones de Impuesto a la Renta del año 2023 y brinda a los contribuyentes un periodo para corregir las diferencias o presentar sus descargos.

El control es indispensable, pero no el uso indiscriminado y abusivo de las facultades legales