Se acerca la declaración del IR personas naturales, y a diferencia de otros años, los actos de SUNAT de los últimos 3 meses hacen prever que la participación del concepto de Renta de Fuente Extranjera (RFE) va a ser uno altamente requerido.
Recordemos que como resultado de los cruces del CRS[1] en diciembre se notificaron miles de esquelas inductivas por RFE desde 2019 al 2022, muchas de las cuales a la fecha no han sido de conocimiento de los contribuyentes[2], y en las últimos semanas ha habido mails masivos por las RFE del 2024.
Teniendo en cuenta lo indicado, y considerando que usted desea liquidar correctamente su IR 2024, sin pagar de más claro, en la presente cápsula y dos más abordaremos temas esenciales de la RFE.
Recordemos que la RFE sólo está gravada si estamos ante un contribuyente DOMICILIADO, es decir, que pasó más de 183 días en territorio peruano el año anterior.
- ¿Qué son las RFE?
Son aquéllas generadas fuera del país, ya sea por inmuebles (ganancias de capital o alquileres), acciones, bonos u otros que se encuentren situados física o económicamente fuera del Perú. Cabe indicar que es un error considerar como rentas de segunda categoría, afectas al 5%, a los intereses que usted reciba desde un banco o bono del exterior.
A diferencia de lo que pasa con la rentas de fuente peruana, la RFE es una renta NETA que acepta gastos realizados como comisiones, intereses, entre otros. Este concepto lo desarrollaremos en la próxima cápsula.
- ¿Bajo qué categoría se encuentran afectas las RFE?
Las RFE no se categorizan y serán consideradas para efectos del impuesto a la renta, siempre que dichas rentas o pérdidas se hayan realizado durante el ejercicio 2024. Veamos un par de ejemplos:
Ejemplo 1:
ABC tiene una cuenta de inversiones que al 01 de enero tenía US $ 200,000, y al 31 de diciembre tenía US $ 280,000. Sin embargo, el incremento de valor, se basaba en acciones que aumentaron de valor, pero no se vendieron, es decir, no se realizaron. Para determinar su RFE se tomará en cuenta los dividendos e intereses percibidos, más las ganancias realizadas, en este ejemplo, la RFE asciende a US $ 35,000.
Ejemplo 2:
XYZ tiene una cuenta de inversiones que al 01 de enero tenía US $ 200,000, y al 31 de diciembre tenía US $ 150,000. A pesar de la pérdida de valor, ha recibido intereses y dividendos por US $ 25,000, no habiendo realizado sus pérdidas en el 2024. En este caso, pese a haber perdido dinero, tiene una RFE de US $ 25,000.
Las RFE serán sumadas a las rentas de trabajo (cuarta y/o quinta categoría) y al IPNJ a efectos de determinar el Impuesto a la Renta Anual.
- Tratamiento excepcional de RFE
Las RFE se sumarán a las rentas de segunda categoría (es decir, pagarán 5%), siempre que provengan de la enajenación de acciones y otros valores mobiliarios que:
- Esten registrados en Bolsa de Valores de Lima y se enajenen a través de CAVALI.
- Esten registrados en el exterior y que se enajenen en las bolsas de valores de Chile y Colombia (MILA).
- ¿Cuáles son las alícuotas de las RFE?
Tipos de Rentas | Deducciones | Alícuota |
Rentas extranjeras percibidas como resultados de una renta neta[3]. | Gastos necesarios y con sustento | Progresiva de 8%, 14%, 17%, 20% y 30% |
Rentas extranjeras por enajenación de valores mobiliarios enajenación de acciones y otros valores mobiliarios | Gastos necesarios y con sustento | Única 6.25% |
Hay que tener claro, considerando que los cruces CRS ha informado ABONOS en las cuentas del exterior, y bajo la premisa que se presume que dichos abonos provienen de RENTAS GRAVADAS, salvo que el contribuyente pruebe lo contrario, el Incremento Patrimonial No Justificado (IPNJ) se suma a las rentas de trabajo y a las RFE para la aplicación de las tasa progresiva del cuadro anterior.
[1] Common Report Estándar, tratado suscrito por Perú desde 2019 que le permite a SUNAT recibir de manera automática información de entidades financieras de casi 100 jurisdicciones, sobre las rentas, movimientos y saldos de los residentes peruanos.
[2] Porque se notificaron en los mail de la clave SOL, de personas naturales sin negocio, que muchos no saben que se les puede notificar de esta manera.
[3] Para apliar la tasa progresiva se debe sumar las rentas de trabajo y el IPNJ.